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12-12-2024: El TJUE declara que no es suficiente para valorar la transparencia y abusividad del indice IRPH que el mismo se haya publicado en el BOE, y que debe aplicarsele un diferencial negativo si el banco no informó adecuadamente al consumidor.
https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=293401&pageIndex=0&doclang=ES
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